Auxilios Económicos
En AVANZA , nos sentimos orgullosos por contar con gran reconocimiento a nivel regional y nacional, como Cooperativa Líder en la prestación de servicios sociales. La contribución mensual de los Asociados al Fondo de Bienestar Social, la destinación de excedentes y el aporte de la Cooperativa, generan los recursos económicos requeridos para brindar tales servicios y contribuir al mejoramiento de la calidad de vida de quienes hacen parte de “La Gran Familia AVANZA”.
Asociados y Beneficiarios Directos de Asociados Plenos
De acuerdo con los reglamentos vigentes, pueden acceder a los servicios sociales, el
Asociado que realiza contribución mensual al Fondo de Bienestar Social, al igual que sus
beneficiarios directos, según la siguiente descripción:
CASADOS Y/O CON COMPAÑERO(A) PERMANENTE: Su cónyuge o compañero(a) permanente, hijos e hijastros hasta 25 años de edad, e incapacitados física o mentalmente sin límite de edad, siempre que dependan económicamente del Asociado.
De manera excepcional, los Asociados con cónyuge o compañero permanente, sin hijos
como beneficiarios, podrán vincular como beneficiarios a sus padres o padrastros, bajo la
condición que no devenguen ingreso alguno y dependan económicamente del Asociado.
ASOCIADOS SOLTEROS MAYORES DE EDAD: Hijos e hijastros hasta 25 años e incapacitados física o mentalmente sin límite de edad, así como los padres o padrastros que no perciban ingreso alguno y dependan económicamente del Asociado.
Excepcionalmente, los Asociados solteros sin beneficiarios directos, podrán vincular un
máximo de dos (2) parientes beneficiarios, siempre que se encuentren dentro del tercer
grado de consanguinidad, no perciban ingreso alguno, tengan menos de 25 años (Con
excepción de abuelos y bisabuelos) y dependan económicamente del Asociado.
ASOCIADOS PLENOS MENORES DE EDAD: Se concederá el auxilio exclusivamente al Asociado, siendo extensivo a los padres o padrastros del Asociado Pleno menor de edad, en el caso de Auxilio Exequial, exclusivamente.
Dependencia Económica
Dando cumplimiento a los reglamentos internos de la Cooperativa, quienes tienen la calidad de pensionados y/o aparecen como cotizantes para salud y pensión, no pueden ser inscritos como Beneficiarios Directos del Asociado, por falta de dependencia económica del mismo, en consecuencia no pueden tramitar Auxilios.
Auxilios Económicos Asociados Plenos y/o Beneficiarios
Nuestra Cooperativa tiene reglamentado el otorgamiento de Auxilios Económicos a favor de Asociados Plenos y Beneficiarios Directos, conforme con las políticas que seguidamente se enuncian:
ANTIGÜEDAD Y REQUISITOS: Mínimo doce (12) meses, como Asociado Pleno (Contribuye mensualmente al Fondo de Bienestar Social) y estar a paz y salvo con la Cooperativa, por todo concepto.
NÚMERO DE AUXILIOS: Hasta dos (2) auxilios económicos por año, cualquiera que sea la modalidad.
CLASE DE AUXILIOS Y MONTOS: En el siguiente cuadro, se indican los auxilios económicos que brinda la Cooperativa, quiénes pueden acceder a los mismos y el monto máximo a obtener luego de treinta y seis (36) meses de antigüedad como Asociado Pleno:

Aspectos de Interés Para Acceder a los Auxilios
VALOR DEL AUXILIO SEGÚN ANTIGÜEDAD:
Los valores señalados en el cuadro anterior,
corresponden a Asociados Plenos con antigüedad igual o superior a 36 meses. Si la
antigüedad oscila entre 12 y 24 meses, se concederá el 50% de la suma señalada. Si se
encuentra entre 24 y 36 meses, el auxilio será del 75%.
AUXILIOS EXCLUSIVOS PARA EL ASOCIADO MAYOR DE EDAD:
Los auxilios Educativos, Beca por
Excelencia Académica, Maternidad, Calamidad Doméstica e Incapacidad Laboral, son
exclusivos del Asociado Pleno y no se extienden a sus Beneficiarios.
AUXILIOS PARA ASOCIADOS MENORES DE EDAD:
Los Asociados Plenos menores de edad,
podrán acceder a auxilios por concepto de Educación, Lentes y Montura, Tratamientos
Especializados y/u Odontológicos, Maternidad, Accidentes Escolares y Exequial,
exclusivamente.
AUXILIOS PARA BENEFICIARIOS DIRECTOS CON DEPENDENCIA ECONÓMICA:
Los Beneficiarios
Directos podrán acceder a Auxilios Económicos por las siguientes líneas: Tratamiento
Especializados y/u Odontológicos, Lentes y Montura, Exequial, Enfermedades Graves,
Incapacidad Total y Permanente, siempre que dependan económicamente del Asociado.
Aportes Sociales y Contribución Mensual al Fondo de Bienestar Social
APORTES SOCIALES: La Cooperativa, por ser propiedad de todos los Asociados, se fortalece patrimonialmente con los Aportes Sociales que los mismos realizan de forma mensual, de acuerdo con su nivel de ingresos.
Tales aportes serán retornados a los Asociados, por retiro de la Entidad. En caso de
fallecimiento, serán entregados a sus beneficiarios de ley.
FONDO DE BIENESTAR SOCIAL:
Fondo especial que se alimenta con la contribución periódica
mensual, no reembolsable, que realizan los Asociados Plenos mayores y menores de edad,
para acceder a auxilios económicos y a las actividades educativas, deportivas, recreativas,
turísticas y culturales, programadas para todos los grupos de edad.
De Gran Importancia
Con los Aportes Sociales, se fortalece el patrimonio de cada Asociado que lo realice. El aporte es un ahorro para su futuro y de sus seres queridos.
El pago oportuno del Fondo de Bienestar Social, permite que los Asociados y sus
Beneficiarios Directos accedan a los auxilios económicos y demás servicios sociales que
brinda la Cooperativa.
Requisitos para Auxilios Económicos

Conoce nuestros diferentes Auxilios Económicos y todos los requisitos que debes tener en cuenta para acceder a ellos.